El caso de la finca de Cuevas del Almanzora

DOCUMENTOS/Hemeroteca



EN BUSCA DE LA FINCA PERDIDA

Reproducción de la serie de informaciones que ha venido publicando sobre este tema el periódico comarcal Actualidad Almanzora, el medio de comunicación que ha destapado la desaparición de una finca de titularidad pública en el municipio de Cuevas del Almanzora.


Titular

El juzgado de lo contencioso administrativo número 3 ha dictado una sentencia que obliga al Ayuntamiento a localizar y, en su caso, recuperar 25 Has. adquiridas por el Consistorio en 1934



Sumario

-El Ayuntamiento, que se negó inicialmente a indagar, se allanó tras presentarse un contencioso

- A precios actuales, la finca podría alcanzar un valor que rondaría los 75 millones de euros

Nada menos que 25 Has., 250.000 metros cuadrados de suelo, que hoy podrían tener la calificación de urbano consolidado, no aparecen en el inventario de bienes del Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, aún siendo éste su legítimo propietario. A precios actuales, tal superficie podría alcanzar el valor de casi 75 millones de euros, una fortuna que multiplica por seis el presupuesto actual del Consistorio, que sólo a los bancos debe en estos momentos 11.374.000, lo que le sitúa, de acuerdo a este ratio, en el sexto más endeudado de la provincia y en el 372 de España.
La iniciativa, que se ejerce como Acción Pública –cualquier ciudadano puede hacerla en defensa del bien general-, parte del letrado Marcos Sánchez Adsuar, ¿les suena? Se trata de uno de los integrantes del gabinete jurídico ‘Sánchez Adsuar Abogados Urbanistas, SL’, sociedad que firmó varios informes para la Presidencia de la Mancomunidad (los polémicos estudios sobre Recaudación y recogida y tratamiento de basuras, publicados en ediciones anteriores por ACTUALIDAD ALMANZORA) y que tiene denunciadas ante la Fiscalía de Almería, también ejerciendo la Acción Pública, tres plantas de hormigón, supuestamente ilegales, por carecer de los permisos preceptivos, ubicadas en Antas, Garrucha y Lucainena de Las Torres, desde donde, según declaró a este medio, se estaría suministrando hormigón a las obras del AVE en la comarca.

Patrimonio del pueblo

En cualquier caso, Adsuar presentó el 27 de noviembre de 2008 escrito en el Ayuntamiento de Cuevas interesándose por el paradero de 250.000 m2 propiedad del Consistorio, es decir, del pueblo de Cuevas. Transcurridos casi cuatro meses, y ante el silencio de la administración local, que tenía 90 días para contestar, el 16 de marzo de 2009 el abogado presenta nuevo documento interpretando que el silencio administrativo municipal no es otra cosa que la desestimación de su petición, lo que hace que Sánchez Adsuar se dirija a los tribunales. Lo hace el 15 de junio de 2009.
Sólo dos días después, el 17 de junio, el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Almería acuerda solicitar al Ayuntamiento el expediente con los escritos de la Acción Pública, es decir, los presentados por el abogado, y éste presenta un contencioso el 22 de septiembre de 2009.
Sánchez Adsuar reflejó tanto en los documentos registrados en el Ayuntamiento de Cuevas como en el contencioso formalizado en el juzgado, su deseo de que el Consistorio iniciara el correspondiente expediente de investigación y, en su caso, recuperación de “un bien municipal adquirido en 1934”. Se trata de una finca que el Ayuntamiento escrituró en tiempos de la República, mediante documento público formalizado “el 29 de julio de 1934” ante el entonces notario de Cuevas Félix Pablo Gundín”, con número de protocolo 261.
El 29 de septiembre de 2009, el juzgado dio traslado al Ayuntamiento cuevano de las acciones jurídicas interpuestas por Marcos Sánchez Adsuar, recibiéndose en respuesta un escrito municipal en el que se allanaba –aceptaba sin reparos- ante lo demandado en dichas acciones y asumía el cumplimiento de lo que le requería la Acción Pública, que no era otra cosa que investigar el paradero de la citada finca.
Dispuesta la parte demandante –Marcos Sánchez Adsuar- a pleitear el asunto, y la otra –el Ayuntamiento- a no hacerlo y a aceptar lo exigido por el abogado, el titular del juzgado, el magistrado Jesús Ribera, dictó sentencia el 11 de diciembre de 2009 “de conformidad a las pretensiones del demandante”.
En el fallo, el juez Ribera da por estimado el contencioso-administrativo y ordena a la Corporación Local de Cuevas “que proceda a la incoación del correspondiente expediente de investigación y, en su caso, recuperación de la finca” comprada por el Ayuntamiento hace 76 años, la cual no aparece hoy en el inventario de bienes patrimoniales del pueblo de Cuevas, sin que se tenga noticia de que dicha propiedad haya sido vendida o permutada en todo este tiempo.





Terreno para un aeródromo militar


Según la documentación que maneja el abogado Marcos Sánchez Adsuar, la compra de la finca ‘desaparecida’ fue aprobada unánimemente por el pleno del Ayuntamiento de Cuevas el 1 de enero de 1934, por la cantidad de 6.000 pesetas. Se trataba de una propiedad de Francisco Soler con forma de cuadrado, cuyas dimensiones eran 500 por 500 m2, es decir, 250.000 m2, o lo es que lo mismo, 25 Has. El concejal autorizado por el pleno para formalizar la compra fue el síndico Antonio Fernández Martínez, que actuó en nombre del Ayuntamiento, entregó la cantidad pactada y estampó su firma en la escritura de compra-venta realizada por el notario de Cuevas Félix Pablo Gundín, el 29 de julio de 1934.
La adquisición municipal respondía a una petición del Ministerio de la Guerra del Gobierno de la República, que solicitó la colaboración del Ayuntamiento para que le cediera terrenos suficientes, a fin de construir un aeródromo militar o “campo de vuelo”.
Éstos son, por ahora, los únicos datos que han trascendido a nuestra redacción de cuantos maneja el letrado. No obstante, la finca, aún siendo comprada y cedida en ese mismo acto notarial al Ministerio de la Guerra, nunca llegó a cumplir su cometido, dado que el proyecto de aeródromo jamás se llevó a cabo.
No hay, de momento, más pistas sobre este suelo, ya que jamás llegó a ser inscrito en el inventario del patrimonio cuevano. No obstante, Sánchez Adsuar no descarta que dicho terreno podría formar parte hoy de alguna importante urbanización construida recientemente en Cuevas del Almanzora. De ser cierto, el Ayuntamiento podría enfrentarse a la tarea de denunciar apropiación indebida e iniciar los trámites para recuperar ese suelo o, en su defecto, ser convenientemente compensado. No olvidemos que estamos hablando de una propiedad pública municipal que hoy podría estar calificada de urbana consolidada y cuyo valor rondaría los 75 millones de euros.




Titular

La finca que busca el Ayuntamiento de Cuevas podría formar parte del complejo Desert Spring

Subtitular

La escritura original de compra venta sitúa los terrenos adquiridos por el consistorio en 1934 en La Algarrobina



Sumarios

Se adquirió una finca “en el pago La Algarrobina; tierra de secano de 500 x 500 m2, lindante con tierras del vendedor Francisco Soler”

Al tratarse de un dominio público, la titularidad municipal no habría prescrito a pesar de haber transcurrido más de tres cuartos de siglo

Desert Spring es un resort modélico con viviendas y servicios de lujo, cuyo principal atractivo es un campo de golf de 18 hoyos


Todo indica que el Ayuntamiento de Cuevas está muy próximo a ubicar con exactitud las tierras que el Consistorio adquirió en 1934, por decisión unánime de todos sus concejales, para cederlos al Ministerio de la Guerra, a fin de que el entonces Gobierno de la República construyese un campo de vuelo militar –proyecto que nunca llegó a realizarse-. Se trata de una finca de 250.000 m2 que, según la escritura original de compra venta, realizada por el notario de Cuevas, Félix Pablo Gundín, el 29 de julio de 1934, se sitúa en el pago de La Algarrobina.
Es precisamente este paraje donde se asienta el complejo turístico Desert Spring; un resort modélico con viviendas y servicios de lujo, cuyo principal atractivo es un campo de golf de 18 hoyos. La tramitación administrativa de esta plan parcial y buena parte de su construcción se produjo durante los últimos años de los 90 y principios del presente siglo.
En efecto, en la escritura de 1934, las partes firmantes, de un lado el representante del Ayuntamiento, el síndico o concejal Antonio Fernández Martínez, y de otro, el propietario del suelo, Francisco Soler, exponían: “Francisco Soler y Soler es dueño en pleno dominio de una finca en el pago La Algarrobina del término municipal de esta ciudad, un trance de tierra de secano que forma un cuadrado de quinientos metros de lado, o sea una planta superficial de 25 Has., lindante por todos vientos con tierras del vendedor Francisco Soler y Soler”. Tal terreno se había segregado de una finca de 82 Has, también propiedad de Soler.
Por otro lado, y de acuerdo a lo expuesto en una reciente Nota Simple del Registro de la Propiedad de Cuevas del Almanzora, se describen los restos de la finca matriz como “rústica: un trance de tierra de secano situada en el pago La Algarrobina”, pero concreta algo más al indicar que ésta se encuentra junto al “paraje llamado Cabezo Gordo”, siendo sus linderos, por la parte norte, “cúspides de una loma”; sur, finca de “Bartolomé González”; este, “terrenos de una capellanía”; y oeste, “un camino”.
Como puede apreciarse en la foto de la derecha, el Cabezo Gordo aparece muy cerca del complejo Desert Spring. Es pues, en el entorno de este Cabezo, donde habría que situar los 250.000 m2.
La iniciativa de investigar lo que ha ocurrido con esta finca, transcurridos 76 años desde su adquisición, parte de una Acción Pública promovida por el abogado Marcos Sánchez Adsuar, quien interesado en el tema ‘invitó’, a través de varios escritos, al gobierno de Jesús Caicedo a localizar los terrenos y recuperarlos para el patrimonio municipal. Se apoya el abogado en que se trata de un dominio público –ya que se cedió para una instalación militar- y que, por tanto, la propiedad seguiría siendo del Consistorio ante la hipótesis de que alguien se hubiera apropiado de ella, pues estaríamos, a pesar de haber transcurrido más de tres cuartos de siglo, frente un asunto que no prescribe con el tiempo.
La solicitud del letrado viene respaldada por una sentencia del juzgado número tres de los Contencioso-Administrativo de Almería, cuyo titular, el magistrado Jesús Ribera, ordenaba al Ayuntamiento, el 11 de diciembre de 2009, “que proceda a la incoación del correspondiente expediente de investigación y, en su caso, recuperación de la finca”.
También el secretario municipal se pronunciaba al respecto meses antes de la sentencia del juez Ribera. Como respuesta a los sucesivos escritos de Marcos Sánchez Adsuar, el 7 de abril de 2009 el fedatario público recordaba al gobierno municipal lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), cuyo artículo 68 dispone: “Las entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos”, añadiendo que “cualquier vecino que se hallare en pleno goce de sus derechos civiles y políticos podrá requerir su ejercicio a la entidad interesada”, que en este caso es el Ayuntamiento.
Así mismo, el secretario exponía: “Las entidades locales tienen la obligación de investigar la situación de los bienes y derechos que presuman de su propiedad, siempre que ésta propiedad no conste inequívocamente [a nombre o favor de otro], a fin de determinar la titularidad de los mismos, o cuando exista controversia en los títulos de dominio. Dicha obligación se extenderá en todo caso a los bienes demaniales” [también denominados de dominio público].
Y algo más, el Ayuntamiento deberá ejercer “la Potestad Pública Superior de protección contra usurpaciones demaniales, pudiendo implicar posible delito, según lo dispuesto en artículo 246 del Código Penal. ¿Qué dice ese artículo? “El que alterare términos o lindes de pueblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses, si la utilidad reportada o pretendida excede de 400 euros”.
Es evidente que en el asunto nos ocupa se manejan cifras muy superiores a esos 400 euros. Si efectivamente, los terrenos ‘perdidos’ fuesen hallados en Desert Spring, estaríamos hablando de un suelo urbano con un valor estimativo –muy a la baja- de unos 300 euros el metro cuadrado. Si hacemos la correspondiente multiplicación nos sale un resultado de ¡75 millones de euros!


Para Adsuar, el terreno está perfectamente localizado


A la posibilidad de que la propiedad de todos los cuevanos forme hoy parte del complejo Desert Spring se refiere el abogado en el primero de sus escritos registrados en el Ayuntamiento. Concretamente, el 27 de noviembre de 2008, señalaba: “Al parecer, sobre la referida finca municipal se ha aprobado un instrumento de planeamiento y un proyecto de reparcelación donde la finca municipal ha pasado, parece que sin procedimiento administrativo alguno (subasta o concurso), a propiedad de la mercantil Bay Holland y Bay Investiments LTD, promotora del proyecto de compensación del sector 2 de Cuevas del Almanzora”, hoy denominado, a efectos comerciales, Desert Spring.
Si la intuición del letrado acabase en certeza se abriría un importante número de interrogantes. Entre otros, ¿cómo llegó el terreno a manos de ‘los ingleses’? ¿Quién se apropió de esa finca? ¿De qué manera lo hizo? ¿Nadie en el Ayuntamiento, durante la tramitación administrativa del plan parcial, se percató de que una importante propiedad municipal estaba siendo hurtada al pueblo?


Reserva de acciones penales


A propósito de este asunto de los terrenos, refleja el secretario municipal en su informe al equipo de gobierno de Cuevas del Almanzora, que el Ayuntamiento deberá ejercer “la Potestad Pública Superior de protección contra usurpaciones demaniales –robo o expoliación del dominio público-, señalando que el ciudadano que cometiese tal usurpación podría incurrir en un posible delito recogido en el artículo 246 del Código Penal. Dicho artículo dice, en resumen, que “será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses […] el que alterare términos o lindes de pueblos o heredades” generando un daño superior a 400 euros.
Sin embargo, el abogado Marcos Sánchez Adsuar, que ejerce la Acción
Pública en el presente caso, advierte al Consistorio, sin señalar a nadie en concreto, que podría emprender acciones legales de muy diversa naturaleza.
- Por prevaricación (dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia), con “pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”.
- Por presunta infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos, que se aplicaría a “la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo”, y donde se contemplan “penas de prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años”.
- Por presunta malversación, imputable a “la autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro propio o ajeno y con grave perjuicio para la causa pública, diere una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a cualquier Administración o Entidad estatal, autonómica o local u Organismos dependientes de alguna de ellas”, reservando el Código Penal para el que delinque “penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años”;
- Por presunto fraude en sus artículos 436 y 438. El primer de ellos es aplicable a “la autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público”. Se reservan para ello “penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años”; y el artículo 438 aplicable a “la autoridad o funcionario público que, abusando de su cargo, cometiere algún delito de estafa o apropiación indebida”, con “penas respectivamente señaladas a éstos, en su mitad superior, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años”.
- Y finalmente, el letrado habla de presunta falsedad documental en sus apartados 1 y 2.
El 1 refleja “penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, a la autoridad o funcionario público que altere un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial, simule un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad; suponga en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho; y faltase a la verdad en la narración de los hechos”.
El apartado 2 dicta que “será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil”.




Titular

Los Catiros’ de Palomares vendieron a Desert Spring 250.000 m2 a principios de los años 90

Subtitular

Creemos que ese podría ser el terreno municipal”, declara el gabinete de Sánchez Adsuar. La finca fue escriturada en 1988 a través de un ‘205’ y fragmentada en dos partes antes de ser adquirida por la promotora


Sumarios

Las operaciones se llevaron a cabo en 1990 y 1994. Bay Investments pagó por las tierras un total de 56,6 millones de pesetas, aunque más tarde las valoró en 2.954.000.000 de pesetas

El Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora busca en La Algarrobina una porción de terreno prácticamente idéntica a la que los hermanos Navarro Ponce traspasaron a ‘los ingleses’




Mientras el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora sigue investigando por mandato del juzgado número tres de lo Contencioso-Administrativo de Almería la ubicación exacta de las 25 Has. que adquirió en La Algarrobina en al año 1934, para tratar de recuperarlas e incorporarlas al patrimonio local –su valor a día de hoy se acercaría a los 75 millones de euros-, un nuevo dato conocido por ACTUALIDAD ALMANZORA podría ayudar a dar con la pista de la finca.
Hasta ahora, el único antecedente conocido sobre el terreno es que fue adquirido por el Consistorio en el citado paraje –dentro o en las cercanías del actual complejo turístico Desert Springs- el 29 de julio de 1934, a fin de cederlo al Ministerio de la Guerra, quien pretendía construir un campo de vuelo. La compra-venta, que supuso a las arcas municipales un desembolso de 6.000 pesetas, está acreditada por un documento firmado ante el entonces notario Félix Gundín.
El nuevo dato que aportamos hoy recomienda fijar la atención en la venta de un terreno que, fraccionadamente y en dos momentos distintos, los hermanos ‘Catiros’, junto a sus esposas, vendieron a una de las empresas del grupo que promovió la urbanización y campo de golf Desert Springs.
Es curioso que el resultado de la suma de las dos porciones de tierra que se vendieron, y que procedían de una misma finca, es prácticamente coincidente con lo que está buscando el Ayuntamiento. Por un lado, el Consistorio trata de localizar en La Algarrobina 25 Has. y ‘Los Catiros vendieron a ‘los ingleses’, también en La Algarrobina, 25,6 Has.

Dos compra-ventas

Concretamente, según aparece en el Proyecto de Compensación de Desert Springs, denominado a efectos urbanísticos Sector 2 de Cuevas del Almanzora, ‘Bay Investments J. T. D.’ adquirió a los hermanos Navarro Ponce y esposas, naturales de Palomares, “un trozo de tierra de riego y secano montuoso, de cabida 19 Has., 20 áreas y 93 centiáreas o, lo que es lo mismo, 192.793 m2”. La operación se formalizó el 19 de abril de 1990 ante el notario de Cuevas Miguel Trapote.
Cuatro años y cinco meses más tarde, el 29 de septiembre de 1994, de nuevo los hermanos Navarro Ponce y esposas, y ante el mismo notario, vendieron el “resto” de la finca, con una superficie de “6 Has., 34 áreas y 70 centiáreas o, lo que es lo mismo, 63.470 m2. El total de los dos acuerdos suma 256.263 m2 (25,6 Has.).

Según ha podido saber esta redacción, por la primera de las fracciones del terreno, la de las 19,2 Has., ‘Bay Investments’ pagó a ‘Los Catiros’ 36.625.000 pesetas, mientras que por la segunda, la de las 6,3 Has, les abonó 20 millones de pesetas redondos. Curioso resulta también que tiempo después, la promotora, frente a los 56,6 millones que le costaron las 25,6 Has., asignó a la finca, en sus transferencias internas entre empresas filiales, un valor de 2.954.000.000 de pesetas.
En efecto, el recorrido de estas tierras posterior a la compra fue el siguiente. ‘Bay Investments J. T. D.’, ya propietaria de las 19 Has., la aporta ante notario a su filial ‘Bay Investments J. T. D. sucursal en España’ el 22 de abril de 1995, y ésta, a su vez, la transfiere a ‘Bay Holland BV sucursal en España’ en el mismo acto.
Idéntica operación ocurre con las 6,3 Has, restantes. ‘Bay Investments J. T. D.’ lo aporta, de nuevo ante notario, a su filial ‘Bay Investments J. T. D. sucursal en España’ el 22 de abril de 1995, y ésta, a su vez, la transfiere a ‘Bay Holland BV sucursal en España’ en el mismo acto. “Estas operaciones se hacen en el mismo acto para ahorrarse el impuesto de Transmisiones y el pago de plusvalías al Ayuntamiento”, comenta un profesional del sector consultado.
Pero más allá de la coincidencia de la superficie que vendieron ‘Los Catiros’ y la que busca el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, hay un segundo dato que recomienda la investigación de esta finca.
La clave no es otra que la manera en la que los hermanos Navarro Ponce escrituraron los terrenos a su nombre. Para ello hay que remontarse a abril de 1988, mes y año en que ‘Los Catiros’ consiguen registrar la superficie través de un ‘205’, célebre artículo de la Ley Hipotecaria que permite poner a nombre del solicitante la finca o inmueble que dice ser suya, a pesar de carecer de documentos notariales.
Podría darse el caso de que alguien se hubiese quedado con los 250.000 m2 que son patrimonio de los vecinos de Cuevas, a la vista de todos y sin que nadie, en este caso el Ayuntamiento que desconocía su existencia en aquellos años, lo impidiese.
Puestos en contacto con el gabinete del abogado Marcos Sánchez Adsuar, que ejerce la Acción Pública y gracias a cuya instancia se logró la sentencia que obliga al Ayuntamiento a localizar y, en su caso, recuperar la finca, nos han declarado que “el asunto está en proceso de investigación y no podemos aventurarnos a hacer afirmaciones”. No obstante, sí han sugerido algo: “Creemos que ese podría ser el terreno municipal”.


El coladero del ‘205’
Entre las gentes y profesionales que se mueven en el mundo de la compra y venta de terrenos, es célebre el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, más conocido como la simple denominación de ‘205’.
Este artículo da la posibilidad a las personas que posean una finca o inmueble y no esté registrada, de acudir ante un notario o registrador con el mayor número de pruebas posible que acrediten la titularidad –recibos de la contribución, por ejemplo-. Si en una posterior exposición pública del nuevo documento de propiedad –se hace en el tablón de anuncios del ayuntamiento correspondiente- no hubiese alegaciones, es decir, la comparecencia de otra persona física o jurídica que aporte títulos de propiedad de mayor rango, dicha finca o inmueble pasa a ser del dominio de quien ha solicitado la inscripción a su nombre.
Pensado originalmente para que las pertenencias sin títulos de propiedad, heredadas de padres y abuelos, puedan ser registradas oficialmente por los herederos, el artículo ha sido también un coladero para que no pocos se hayan apropiado de lo que no es suyo, aprovechando que sus legítimos dueños dejaron ‘abandonadas’ sus posesiones, bien porque tuvieron que emigrar lejos para buscar el sustento que esta tierra les negaba y nunca más volvieron, bien porque carecían de herederos o éstos, con el transcurrir de los años, jamás se ocuparon de lo que sus antepasados dejaron atrás.
Hoy, al contrario de lo que ocurría hasta hace pocos años, para evitar en lo posible la pillería, el expediente de dominio debe ser instruido por un juez.


JUAN JOSÉ PÉREZ CELDRÁN/ CONCEJAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL AMANZORA (PP)

Titular

Las fincas no desaparecen por arte de magia, alguien debió venderla”


Subtitular

Aunque es cauto, dado que hay una investigación en marcha, el portavoz del equipo de Gobierno cuevano, Juan José Pérez, sí confirma que el Ayuntamiento es propietario de la parcela. Lo que no está tan claro es dónde se ubica, qué ocurrió con ella y, sobre todo, si se podrá recuperar.


Cuando el abogado de la Acción Pública nos habla por primera vez de esto parecía ciencia ficción, no le dimos la importancia que merecía”


No puedo aventurarme a ubicar la finca en Desert Springs Es cierto que son dueños la mayor parte de La Algarrobina, pero no me puedo aventurar”




- ¿Por qué tarda tanto el Ayuntamiento en actuar? Inicia una investigación cuando se lo dice un juez, pero antes había recibido hasta tres escritos de la Acción Pública, representada por el abogado Sánchez Adsuar, que no llega ni a responder…
- Cuando el abogado de la Acción Pública nos habla por primera vez de esto es que no lo creíamos… No es que sonara a broma, pero parecía ciencia ficción. Hablamos de 1934, son muchas las corporaciones que han pasado por el Ayuntamiento... Además, en el inventario municipal, el Ayuntamiento no aparecía como propietario de ningún terreno de estas características, por lo que no le dimos la importancia que merecía.
Después, ante el resto de escritos y las indicaciones del juez, nos lo tomamos en serio… Hay indicios que apuntan a que el terreno es municipal y por eso ahora estamos investigando.
- ¿En qué punto se encuentra esa investigación?
- Estamos recopilando información. Hasta la fecha hemos requerido al registro unas notas simples históricas, y a la notaría de Cuevas, todas las escrituras que puedan tener que ver con este asunto. También nos hemos dirigido al Colegio de Notarios de Granada para que nos remita una escritura de 1918 de la que emana la polémica escritura de 1934 en la que se fundamenta la Acción Pública… De igual forma, hemos solicitado a la Dirección General del Catastro un certificado del emplazamiento de la finca, que es el único documento que no nos ha llegado; y, por último, hemos pedido a la Dirección General de Patrimonio toda la información que pueda tener al respeto…
Cuando tengamos toda la documentación, la estudiaremos y, si se determina que la finca es propiedad del Ayuntamiento, habrá que iniciar un expediente de recuperación.
- ¿Qué dicen los documentos que ya tienen ustedes en su poder?
- Es pronto para conclusiones, pero sí parece que hay un título de propiedad del año 34 que indica que los 250.000 m2 fueron del Ayuntamiento.
- ¿Creen que podrán recuperarlos?
- Por lo pronto creemos que son nuestros. Otra cosa es que puedan ser recuperados.
- Sabemos que están en La Algarrobina, donde también se asienta el complejo turístico de Desert Springs…
- Yo no me aventuro a ubicarla… Es un paraje muy extenso que ocupa 200 ó 300 hectáreas y no sé si afecta a la urbanización de Desert Springs o a una zona dedicada a la agricultura. Ahí está el kit de la cuestión… Creo que va a ser difícil ubicarla exactamente, aunque por eso hemos pedido un certificado de emplazamiento antiguo.
- No sería una sorpresa que afectase a Desert Springs. La urbanización ocupa más de 200 hectáreas…
- No puedo aventurarme a ubicarla… Es cierto que los dueños de Desert Springs tienen la mayor parte de La Algarrobina y que, por tanto, hay más posibilidades de que se encuentre ahí… pero no me puedo aventurar, es mucha responsabilidad.
- El ex alcalde Antonio Llaguno (PSOE) fue conocedor del asunto, ¿no les transmitió nada a ustedes?
- No, en absoluto. Cuando entramos en el Ayuntamiento el plan parcial estaba aprobado, también el proyecto de reparcelación, las parcelas municipales inscritas… Nosotros hicimos lo que dice la ley, otorgar licencia; pero no conocíamos nada.
- ¿No hizo el actual alcalde, Jesús Caicedo, alguna gestión relacionada con este asunto a principios de esta década?
- Es posible. El asunto de los 16 millones de pesetas de IVA creó una gran marejada, se hicieron indagaciones y a lo mejor se pidió alguna documentación relacionada… Pero sobre este tema no sabíamos nada.
- Vamos a ser algo temerarios. Alude usted al asunto de los 16 millones de IVA, que el entonces secretario del Ayuntamiento reconoció que se apropió de ellos. Una cantidad que Desert Springs pagó en concepto de IVA por la compra al Ayuntamiento del 10% de aprovechamiento lucrativo y que más tarde requirió su devolución, porque aquella operación estaba exenta de ese impuesto ¿Podría haber alguna vinculación entre aquello y la finca ‘desaparecida’?
- Es una pregunta temeraria… El tema de los 16 millones estuvo en los tribunales, hubo sentencia y se determinó que alguien se los llevó. Yo sólo puedo llegar hasta ahí.
- Es curioso, ni ustedes han criticado por este tema al último Gobierno socialista ni tampoco la oposición actual les critica a ustedes…
- Aquí cada uno tiene su responsabilidad, pero hasta que se esclarezca todo, sería doloroso y doloso hacer manifestaciones al respecto. El PSOE aprobó el plan parcial y plan de reparcelación según su criterio y el de los técnicos. Allá ellos con su responsabilidad… Nosotros, si llega a la evidencia de que el terreno es del pueblo, iremos a por él.
- ¿Cómo se arreglaría el problema? ¿Se quedaría el Ayuntamiento con el terreno o recibiría alguna compensación?
- Es la pregunta del millón, pero no lo sabemos, habría que entrar en conversaciones… Es posible que haya que pedir responsabilidades, porque las fincas no desaparecen por arte de magia, alguien debió venderla.


MIGUEL FERNÁNDEZ / CONCEJAL DEL PSOE


Titular

Es muy posible que afecte a Desert Springs”


- ¿Qué le parece todo este asunto de los terrenos ‘desaparecidos’?
- Si los terrenos son municipales, desde luego sería muy interesante recuperarlos. Por lo que yo sé, el Ayuntamiento está solicitando información y, al parecer, hay una escritura de 1934 que lo acredita como propietario de la finca. Sería un tesoro…
- ¿Usted sabe algo sobre el supuesto uso que se le dio a esa parcela como campo de aviación?
- Parece que se usó como campo de aviación en la Guerra Civil. He contactado con algunas personas mayores de Cuevas que cuentan que vieron aterrizar aviones y quiero confirmar dónde pudo estar.
- ¿Tenía usted conocimiento de todo esto antes de que ‘saltara’ la noticia?
- Sabía algo, sobre todo por los rumores acerca de la existencia de un campo de aviación. Con todo, Antonio Llaguno, cuando era alcalde, preguntó sobre esto al Ministerio de Defensa y éste respondió que no tenía ningún terreno ahí. Que hay una escritura lo he sabido ahora…
- ¿Usted cree que el terreno afecta a Desert Spring?
- Es muy posible… Desde luego, está en La Algarrobina… Yo voy a hacer mis propias averiguaciones.



ANTONIO LLAGUNO / EX ALCALDE DE CUEVAS DEL ALMANZORA (PSOE)

Titular

Hay un acta de los años 40 en la que el propietario reclama la finca porque el Ayuntamiento no le pagó”

SUMARIO

Sí, yo pedí la escritura y si el notario la expidió, al Ayuntamiento no llegó, o al menos yo nunca la recibí…”

En realidad, la primera vez que he visto la escritura de 1934 ha sido hace uno o dos meses, no antes”


Dos intervenciones públicas ha protagonizado estos días el ex primer edil de Cuevas a propósitos de los ‘terrenos desaparecidos’.
En la primera, del día 4 de agosto, señaló que cuando se enteró por causalidad del asunto de los terrenos, siendo alcalde, pidió una copia de la escritura de 1934 al notario de Cuevas, pero no obtuvo contestación. Algo que contrasta con el documento que ACTUALIDAD ALMANZORA consiguió días después y que refleja todo lo contrario.
En la segunda entrevista emitida por Vera Comunicación el 18 de agosto, Llaguno responde tras la aparición de dicho documento y aprovecha para hacer una aseveración sorprendente que podría dar un giro espectacular a la investigación. Afirma que en el Ayuntamiento existe un “acta de los años 40” en la que el propietario que vendió los 250.000 m2 al Consistorio en 1934, Francisco Soler, requirió la devolución de la finca porque nunca se le llegaron a pagar las 6.000 pesetas convenidas. De lo que se concluiría que las 25 Has. municipales no existen. Ese acta, según el ex regidor, estaría en poder del secretario municipal, instructor del expediente de investigación ordenado por el juzgado.
Le ofrecemos un compendio de las dos entrevistas por orden cronológico así como la respuesta del equipo de gobierno negando la existencia del presunto documento.

ENTREVISTA REALIZADA EL 4 DE AGOSTO

- ¿Usted qué sabe de los terrenos ‘desaparecidos’?

- Recuerdo que siendo alcalde, un investigador me informó de que existía un terreno del Ayuntamiento que pudo ser cedido para hacer un aeródromo. Yo hice algunas gestiones…
Me dirigí en primer lugar al Ministerio de Defensa, pero me comunicaron que no constaba en los archivos que el Ayuntamiento hubiese hecho una cesión. Ya de forma verbal me dijeron que era usual que este tipo de actos no se refrendaran en los tiempos de la Guerra Civil. También pedí la escritura a la notaría, pero no recibí nada…
Posteriormente, en fechas muy recientes, me han enseñado una copia de esa escritura. Por lo que sé ahora, el Ayuntamiento adquirió la parcela en 1934, aunque desconozco si eso hoy tiene validez o no. De todas formas, merece la pena investigar.
- ¿Cree usted que esos terrenos se han vendido a Desert Springs?
- En primer lugar, entiendo que los límites de la parcela no están claros. Por otra parte, creo recordar que los dueños de Desert Springs compraron a muchos propietarios, no a uno sólo.

ENTREVISTA REALIZADA EL 18 DE AGOSTO, tras conocer que el notario de Cuevas sí expidió en 9 de septiembre de 1997, siendo Llaguno alcalde, copia de la escritura de compra-venta del año 1934, que el propio regidor había solicitado.

- Sr. Llaguno hemos podido saber que existe un documento que certifica que la Notaría de Cuevas sí expidió la escritura que usted le pidió
- Sí, yo pedí la escritura y si el notario la expidió, al Ayuntamiento no llegó, o al menos yo nunca la recibí… En realidad, la primera vez que he visto la escritura de 1934 ha sido hace uno o dos meses, no antes. No tengo constancia de haberla recibido en aquel momento y, de hecho, tampoco aparece en el registro de bienes e inmuebles del Ayuntamiento.
- ¿La documentación no llegó a sus manos? El notario expide a petición suya. Así lo cita textualmente,
- No lo recuerdo, y tampoco los miembros de mi equipo de Gobierno.
- Entonces no sabía nada…
- ¡Claro que sabía algo! Por eso hice las gestiones que hice cuando era alcalde, aunque ni el Ministerio ni la Notaría me contestaron, que yo sepa.
- Perdone la insistencia pero, la Notaría sí contestó
- He dicho que yo sepa… Pero mire hace pocos días, he conocido que, al parecer, hay un acta en el Ayuntamiento, de los años 40, en el que el propietario original, un tal Francisco Soler, reclama la finca porque el Ayuntamiento no llegó a hacer efectivo el importe de la compra. Yo no la he visto, pero me dicen que hay un acta en el que reclama la propiedad al no haber recibido el dinero.
- Eso que cuenta es muy interesante…
- Después de la Guerra Civil se anularon muchos actos de la República…, aunque parece que el propietario recuperó su finca alegando que no recibió el dinero. La venta no habría surtido efecto…
Esto arroja luz al asunto y explicaría por qué ninguna corporación ha exigido la propiedad y por qué el Ministerio no tiene constancia de que la parcela fuera cedida.


JUAN JOSÉ PÉREZ CELDRÁN

Titular

En el dossier no tenemos el documento que cita Llaguno”


Lo razonable es llamar al ex alcalde y que dé más datos,

- Antonio Llaguno asegura que existe un acta que certificaría que la finca revirtió en su propietario original porque el Ayuntamiento no llegó a pagar, ¿qué opinión le merece?
- Puedo decir que a día de hoy no existe en el dossier de la investigación ningún acta que diga lo que cita el Sr. Llaguno. Con todo, ahora tenemos una nueva motivación, un nuevo elemento que puede aportar claridad al asunto… Entiendo que el secretario debería llamar a Antonio Llaguno y que éste le diga de dónde parte esa información, porque, insisto, no nos consta que exista ese acta.
- ¿Tiene que hacerlo el secretario?
- Considero que sí, como instructor del expediente de investigación.
- ¿Lo hará o queda a su discreción?
- Lo razonable es llamar al ex alcalde y que dé más datos, aunque no sé cuál es el procedimiento en este tipo de casos… No sé si el secretario es competente para llamarlo, pero desde luego es lo razonable.
- ¿Hay alguna novedad en la investigación?
- Se sigue trabajando, aunque ahora tenemos un motivo más para hacerlo. Por lo pronto, hemos dado instrucciones para ver si el acta aparece en el archivo histórico.

Un día después de estas declaraciones, las personas que recibieron la orden de repasar las actas del año 1940 en el archivo municipal de Cuevas del Almanzora no había encontrado nada. “Ni parece que vallamos a hacerlo”, ha señalado una voz autorizada del equipo de gobierno. “Lo más probable es que el Sr. Llaguno se haya confundido con una nueva escritura que hemos encontrado y de cuyo contenido daremos información más adelante”, concluyó.


Titular

Llaguno no investigó la finca municipal y Soler invalidó la protección de La Algarrobina

Subtitular

Mientras el ex alcalde siguió la tramitación de Desert Springs conociendo la posible existencia de una propiedad pública, el que fuera delegado de Medio Ambiente obvió que el área estaba incluida en el Plan Especial del Medio Físico


Sumarios

Aunque el ex regidor cuevano asegura que nunca llegó a sus manos, la copia de la escritura del año 1934 expedida por el notario de Cuevas sí está en el Ayuntamiento


La Declaración de Impacto Ambiental dice que La Algarrobina no era un espacio natural, pero olvida que el paraje estaba preservado por la propia Junta de Andalucía


El tema de la finca municipal que busca el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora está dando, desde el punto de vista informativo, mucho más de lo que se esperaba en un primer momento.
Conocido que el Consistorio adquirió en 1934 una superficie de 250.000 m2, sita en La Algarrobina, para cederla al Ministerio de la Guerra, a fin de construir un campo de vuelo, una reciente sentencia del juzgado número 3 de Almería de lo Contencioso-Administrativo obliga al Consistorio a localizar y, en su caso, recuperar la propiedad.
Pero las declaraciones que se han hecho a raíz de que ACTUALIDAD ALMANZORA publicase la noticia, unidas a indagaciones realizadas por este periódico, nos llevan a la conclusión que las decisiones político-administrativas adoptadas en la segunda mitad de los noventa para la tramitación del plan parcial de Desert Springs, se realizaron bien con más celeridad de lo recomendable, bien no teniendo en cuenta la protección que beneficiaba al paraje, lo que hace dudar que fuera compatible con la construcción de las urbanizaciones y el campo de golf actuales. Ordenemos los nuevos datos.
El pasado 4 de agosto, el ex alcalde Antonio Llaguno contó que sobre el año 1997 “un investigador me informó que existía un terreno del Ayuntamiento que pudo ser cedido para hacer un aeródromo”. A partir de ahí, sus gestiones fueron las siguientes: “Me dirigí al Ministerio de Defensa, pero me comunicaron que la cesión no constaba en los archivos”. Y añadió, “también pedí la escritura a la notaría, pero no recibí nada”.
Esta redacción ha podido comprobar que, efectivamente, el ex primer edil recibió respuesta del Ministerio en los términos que él dice, pero también hemos sabido que la copia de la escritura de compra-venta del año 1934 que el entonces regidor solicitó al notario de Cuevas, Miguel Trapote, fue expedida el 9 de agosto de 1997, a pesar de que Llaguno dice no haberla recibido. Preguntado por esta anomalía, contestaba el pasado 18 de agosto: “Si el notario la expidió, al Ayuntamiento no llegó, o al menos yo nunca la recibí. La primera vez que he visto la escritura de 1934 ha sido hace uno o dos meses, no antes”. No obstante, fuentes del actual equipo de gobierno cuevano han confirmado que la susodicha copia sí llegó al Ayuntamiento, aunque carece de número de registro de entrada.
Ratificado este extremo cabe preguntarse si Llaguno realmente no vio el documento o si no le prestó excesiva atención y pasó desapercibido. Si damos por buena la primera de las hipótesis, algún funcionario, consciente o inconscientemente, habría dejado de cumplir con su obligación de trasladar al ex alcalde la copia de la escritura, que era un asunto de verdadera importancia, pues con ella en la mano se habría deducido de inmediato que tales terrenos estaban en La Algarrobina, lugar donde en ese momento se tramitaba un plan parcial de grandes proporciones (Desert Springs), no pudiéndose descartar que la supuesta finca municipal estuviese afectada por el proyecto.
En cualquier caso, resulta llamativo que con tales antecedentes, Antonio Llaguno no se preocupara de insistir en la Notaría por la posible existencia de la escritura, al ser un dato crucial para continuar o detener, hasta concluir una necesaria investigación, la elaboración de expediente urbanístico del proyecto presentado por los promotores ‘ingleses’.
Sabido, por tanto, que el pueblo de Cuevas era poseedor de 250.000 m2 con un alto valor en el mercado, era obligación del equipo de gobierno conocer si tales terrenos formaban parte o no del Plan Parcial. Una buena gestión del asunto en aquellos días habría ahorrado la situación actual, en la que no se puede descartar que la finca municipal esté bajo la hierba del campo del campo de golf o cualquiera de los residenciales que se han levantado en La Algarrobina. Si las investigaciones actuales así lo concluyeran, el problema que se suscitaría no sería pequeño. ¿Recuperación? ¿Compensación? El capítulo de las hipótesis está abierto.

Existía protección

En esta encrucijada de datos aparece ahora un segundo frente que merece un detenido examen. El asunto no es otro que la Declaración de Impacto Ambiental formulada a propósito del Plan Parcial de Desert Springs.
Tal Declaración fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 9 de enero de 1996 y en ella se “resuelve declarar FAVORABLEMENTE el proyecto mencionado”, es decir, desde el punto de vista de la Delegación de Medio Ambiente, dirigida por aquellas fechas por el cuevano Martín Soler, no hay obstáculo para construir un residencial de lujo porque “el área se encuentra fuera de la Red de Espacios Naturales Protegidos de la provincia de Almería”.
Sin embargo, los técnicos y dirigentes de esta Delegación no tuvieron en cuenta una figura de protección arbitrada por la propia Junta de Andalucía, que sí afectaba a la Algarrobina. Se trata del Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Almería.
El mencionado Plan, que es resultado de una Resolución adoptada el 25 de abril de 1987 por la Consejería de Obras Públicas, define “cautelar y transitoriamente el régimen de usos prohibidos y permitidos en el espacio”. En su lectura, que es extensa para ser reproducida, no se hace alusión a un hipotético desarrollo urbanístico del área protegida, dando por hecho que esa actividad es incompatible con la conservación del paraje. A lo sumo, permite “instalaciones industriales ligadas a los recursos agrarios, explotación de los recursos vivos, usos residenciales ligados a la explotación de la agricultura o ganadería”, etc.
Se trata, por tanto, de un espacio con valores naturales que puede estar sometido a usos y ocupaciones agropecuarios con cortijadas, tolerando esta actividad si existe, y no adjudicándole una protección específica, como se le daría a lagunas, acantilados u otros parajes naturales, sino una preservación de carácter general.
Dicha protección –refleja el Plan- se prolongará temporalmente hasta la aprobación del Avance de Ordenación del Almanzora Bajo”. En otras palabras, la conservación estaría vigente hasta que una nueva norma de rango superior, en este caso el POTALA, se aprobase; un hecho que no ocurre hasta diez años más tarde de la Declaración de Impacto Ambiental del Plan Parcial de Desert Springs.
En resumen, Martín Soler y la Delegación que dirigía constató que la Algarrobina no se encontraba dentro de los territorios almerienses a conservar por la Red de Espacios Naturales, lo que es cierto, pero no tuvo en cuenta otra figura de protección que sí afectaba a este paraje y que podía haber impedido su desarrollo urbanístico, como es el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia.



En el mapa, señalado en tono más oscuro, una aproximación de la extensión total que ocupa el plan parcial de Desert Springs. La superficie que queda a la izquierda del campo de golf está pendiente de desarrollar en una segunda fase. Dentro de esa segunda fase aparecen señaladas por un cuadrado en tono rojo más fuerte, las ruinas de lo que fue el Cortijo de La Algarrobina, que junto a 81 Has. más fueron adquiridas por el Ayuntamiento en 1942.




Titulares

El Ayuntamiento de Cuevas adquirió en el año 1942 otros 810.000 m2 en el paraje de La Algarrobina

Subtitular

El patrimonio municipal, añadidas las 25 Has. originales, sumaría más de 1.000.000 de metros cuadrados



Sumarios

La Intervención General de la Aviación solicitó al alcalde más superficie “con el fin de realizar los trabajos de seguridad y posibles almacenes de logística”

El 24 de octubre de 1942, el Consistorio compró a Francisco Soler y Soler el resto de la finca ‘Cortijo de La Garrobina’, pagando por ella 25.000 pesetas”

En el mismo acto de la compra, el entonces alcalde de la localidad cedió los terrenos “al Estado”, para instalar “un campo de vuelo para la enseñanza militar”

El Cortijo de la Algarrobina y todo el suelo circundante forma parte del actual plan parcial Desert Springs, aunque todavía no ha sido desarrollado urbanísticamente





La historia de los terrenos ‘desaparecidos’ de Cuevas del Almanzora no parece tener fin. El nuevo dato que aportamos en esta información debería dar un giro importante a las investigaciones en curso, que pretenden localizar la ubicación exacta de las 25 Has., o 250.000 m2, adquiridas por el Consistorio en 1934 a Francisco Soler y Soler. La finca, que costó a las arcas públicas 6.000 pesetas, tenía un fin concreto: su cesión al Ministerio de la Guerra, que construiría sobre ella un campo de vuelo militar.
Pero entremos con la nueva gran novedad que traemos hoy. Tal y como se puede leer en el titular, el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora no sólo compró 25 Has. en 1934, sino que ocho años más tarde formalizó otra nueva operación de compra con Francisco Soler y Soler adquiriéndole otras 81 Has. en La Algarrobina, lo que hace un total de 106 Has. -1.060.000 m2-,. Esta superficie es casi la mitad exacta de la que ocupa Desert Springs, 221 Has. ¿Es tan grande La Algarrobina como para albergar dos fincas diferentes de estas dimensiones?

El Estado pidió más terreno

El nuevo pasaje de la historia comienza con una carta que llega al Ayuntamiento fechada en Granada el 21 de abril de 1942. Es enviada desde la Intervención General de la Aviación y tiene como destinatario a quien entonces era el alcalde de Cuevas, Manuel Márquez Soler.
“Por haberlo así acordado la Inspección General de la Aviación […] se le hace saber que por el Ministerio de los Ejércitos del Estado y en relación al campo de vuelo de la Diputación de Las Cunas –La Algarrobina-, se hace necesario una superficie superior a la cedida por esa Corporación –los 250.000 m2 aportados el año 1934-, con el fin de realizar los trabajos de seguridad y posibles almacenes de logística militar…”
La respuesta municipal no se hace esperar demasiado. Según el acta del pleno celebrado el 16 de julio de 1942, el regidor “expresa la necesaria adquisición del resto de la finca de este término municipal de la hacienda denominada Cortijo La Garrobina (La Algarrobina), sita en el paraje del mismo nombre […], con una superficie de 81 Has., 23 áreas y 54 centiáreas, propiedad de don Francisco Soler y Soler, por haberlo así referido la Intervención General de la Aviación […]”. “Enterada la Corporación –prosigue el acta de la sesión- unánimemente acuerda autorizar al Ilustrísimo alcalde […] a la compra de la referida hacienda […] por el precio de 25.000 pesetas. Sea otorgada la escritura de compra y de cesión al Estado para la necesaria instalación del Campo de Vuelo”.
Efectivamente, tres meses después, el 24 de octubre de 1942, el alcalde y el propietario de los terrenos se citan en la notaría de Cuevas y ante su titular, Félix Pablo Gundín, el mismo notario que formalizó la primera compra de 25 Has. en 1934, formalizan la operación.
Francisco Soler y Soler vendió “el pleno dominio” de la finca de 81 Has. “al municipio de Cuevas del Almanzora, por precio de 25.000 pesetas”.
En ese mismo acto, el primer edil, Manuel Márquez Soler, “acepta esta escritura en todas sus partes y cede la finca adquirida al Estado, al objeto que por éste se proceda a instalar en la misma un campo de vuelo para la enseñanza militar”.

Historial resumido

En sucesivas entregas, ACTUALIDAD ALMANZORA, gracias a la documentación recopilada, pudo ubicar los 250.000 m2 iniciales en un lugar indeterminado dentro del paraje de La Algarrobina, ocupado actualmente en su práctica totalidad por el residencial turístico con campo de golf Desert Springs, y llamamos la atención sobre el hecho de que una familia de Palomares había vendido a la promotora inglesa en 1990 y 1994 un total 256.000 m2, superficie casi exacta a la que busca el Ayuntamiento.
No sólo eso. También ha resultado curiosa la actuación del ex primer edil Antonio Llaguno, que teniendo conocimiento en 1997 de la existencia de la operación de compra efectuada por el Ayuntamiento en 1934, prosiguió con la tramitación del plan parcial Desert Springs sin prestar la necesaria atención al hecho de que el proyecto urbanístico podía afectar a la propiedad adquirida por el Consistorio 60 años antes.
Por último, este periódico publicó la desprotección de La Algarrobina por la Delegación de Medio Ambiente, dirigida en aquellos años por el cuevano Martín Soler, quien en el informe de Impacto Ambiental se limitó a decir que el Plan Parcial no se asentaba sobre un paraje recogido en la Red de Espacios Naturales, lo que era cierto, pero obvió que La Algarrobina sí estaba protegida por el Plan Especial del Medio Físico de la Provincia de Almería.



"El cortijo” está dentro de Desert Springs


No dejemos pasar un detalle importante reseñado en la información principal, que nos ayuda a conocer dónde se situaba el patrimonio adquirido años atrás por el Ayuntamiento. Lo que Francisco Soler y Soler vende en esta segunda ocasión se denomina en la escritura como “Cortijo de la Garrobina” o Algarrobina, así se refleja en el acta del pleno celebrado el 16 de julio de 1942; el regidor “expresa la necesaria adquisición del resto de la finca de este término municipal de la hacienda denominada Cortijo La Garrobina, sita en el paraje del mismo nombre […], con una superficie de 81 Has. […], propiedad de don Francisco Soler y Soler”.
Estamos ante una referencia fundamental, el cortijo, de la importante hacienda que poseía el vendedor. Interesante teniendo en cuenta que, según ha confirmado un portavoz municipal, dentro del plan parcial de Desert Springs se encuentra el antiguo cortijo de la finca, el cortijo de La Algarrobina –hoy en ruinas-, así denominado hasta nuestros días. Queda ahí, por tanto, un dato significativo para situar el lugar exacto en el que se localizaba el suelo adquirido por el Consistorio. La investigación actual debe aclarar si esos terrenos siguen siendo aún propiedad de todos los cuevanos.

¡318 millones de euros!

Con el deseo de cuantificar de forma orientativa el valor del patrimonio en suelo que Cuevas del Almanzora podría tener en La Algarrobina, fijábamos, en la primara de las informaciones publicadas, el valor de las 25 Has. ‘desaparecidas’ en unos 75 millones de euros. Para llegar a esta cifra establecimos el precio del m2 en 300 euros, muy por debajo de lo que se ha estado pagando en los años de bonanza de la construcción, que ha sido de 500 ó 600 euros/m2. Eso siempre partiendo de la idea de que la finca tuviese la calificación de urbana, una presunción no descartable, puesto que estaría en La Algarrobina y, presumiblemente, localizada dentro o en las proximidades de Desert Springs, cuyas 200 Has. son urbanas. En cualquier caso, a falta de concreciones mayores no deja de ser por el momento una hipótesis.
Sin embargo, aplicando la misma lógica, y conociendo ahora que lo que compró el Ayuntamiento no fueron sólo 25 Has., sino 106 Has., la cifra pasa de impresionante a escalofriante, puesto que su valor podría rondar los 318 millones de euros, lo que traducido a pesetas nos da la desorbitada suma de 53 mil millones.


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La Acción Pública sitúa en Desert Springs la primera de las fincas ‘desaparecidas’ en Cuevas

Subtitular

Tendría 25 Has. y ocuparía gran parte de la segunda fase del Plan Parcial, aún pendiente de desarrollar


SUMARIOS
La iniciativa popular ha realizado una calculada medición y ubicación del terreno con el historial registral de la propiedad que compró el Ayuntamiento en 1934

Según la descripción de la escritura, el terreno estaba atravesado por el camino de Palomares; poseía una casa-cortijo, un pozo de agua y lindaba con el campo de tiro


Mientras el secretario del Ayuntamiento instruye el expediente que, por mandato judicial, debe aclarar si el Consistorio cuevano o el Estado son aún propietarios de una gran finca en el paraje de La Algarrobina, la iniciativa popular que ha dado lugar a esta investigación cree poder situar, “con un alto grado de certeza”, la ubicación de parte de ese terreno.
La Acción Pública, que ha sido promovida por el abogado ilicitano Marcos Sánchez Adsuar, tiene la convicción de que una de las dos fincas compradas por el Ayuntamiento 70 años atrás está prácticamente localizada. Se trataría de la primera de ellas, la de 25 Has., adquirida por el Ayuntamiento en 1934 para que el Ministerio de la Guerra, en tiempos de la República, construyera un campo de vuelo.
Esos 250.000 metros cuadrados estarían ubicados dentro del Plan Parcial de Desert Springs, aunque formarían parte del aproximadamente millón de metros cuadrados que están todavía pendientes de desarrollar urbanísticamente. El proyecto se asienta sobre una superficie de 221 Has., ó 2.210.000 m2 .

Complicado enigma

¿Cómo se ha llegado a esta conclusión? Para resolver el complicado enigma la Acción Pública ha tenido, primero, que hacerse con el historial de las fincas descritas en la escritura de compra del año 1934, recurriendo al Registro de la Propiedad de Cuevas del Almanzora, y encajar los datos que aparecen en dicha escritura.
Efectivamente, el Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora adquirió por 6.000 pesetas a Francisco Soler y Soler 25 hectáreas que aparecen definidas de la siguiente forma: “Un trance de tierra de secano[en el pago de La Garrobina] que forma un cuadrado de quinientos metros por lado, o sea una planta superficial de veinticinco hectáreas, lindante por todos vientos tierras de D. Francisco Soler y Soler”.
El notario describe en la escritura que la nueva propiedad “se ha formado con la totalidad del Trozo Primero, y una hectárea, cuarenta y tres áreas y seis centiáreas que se segregan del Trozo Segundo de una hacienda denominada Cortijo de la Garrobina […] compuesta de Dieciocho Trozos de tierra de secano, con una superficie de ochenta y dos hectáreas, sesenta y seis áreas y noventa centiáreas”.
El fedatario sigue describiendo que los Dieciocho Trozos componen una posesión inscrita en el Registro de la Propiedad con el número 18.549, que aparece detallada en primera inscripción en el folio 13, tomo 352, libro 244.
Con estos datos, la Acción Pública ha realizado una calculada medición y ubicación del terreno teniendo como guía el historial existente en el Registro de la Propiedad de la referida finca número 18.549. Situando linderos y localizando elementos que describen la finca que compra el Ayuntamiento, como que estaba atravesada por el antiguo camino de Palomares; poseía una casa-cortijo de la una sola planta y contaba con un pozo de agua viva, además de que limitaba con el antiguo campo de tiro -hoy todavía existente junto a la planta de Valero y Alarcón-, el letrado Adsuar ha llegado a la conclusión de que la superficie ‘desaparecida’ toca, en uno de los vértices del cuadrado que formaba, con el campo de golf de Desert Springs y, un dato importante, estaría dentro del Plan Parcial, si bien en la parte que resta por desarrollar.
No obstante, aunque se hubiesen localizado estas 25 Has. aún quedarían pendientes de colocar sobre plano las restantes 81 Has. que el Ayuntamiento adquirió ocho años más tarde, en 1942, cuando el nuevo gobierno surgido tras la Guerra Civil se interesó por el campo de vuelo de Cuevas y solicitó al consistorio más terreno “con el fin de realizar los trabajos de seguridad y posibles almacenes de logística militar…”. Como es lógico, esos 810.000 metros cuadrados que el Consistorio adquiere el 24 de octubre de ese año al mismo propietario de las 25 Has. iniciales, debían ser colindantes para que el total de lo comprado formara una única finca, siendo imprescindible que tuvieran unas características orográficas similares, es decir, ser terreno regularmente plano y apto para el fin al que se iba a destinar: despegue y aterrizaje de aviones. Echando un ojo al mapa, todo parece apuntar que la prolongación de la finca se hizo hacia el sureste –“donde Francisco Soler y Soler tenía más propiedades lindando con Vera”, recuerda Adsuar-, lo que haría coincidir las nuevas 81 Has. del año 1942 con el campo de golf y las actuales urbanizaciones de Desert Springs.
Dado que las investigaciones del secretario municipal siguen abiertas no se debería llegar a conclusiones precipitadas, sin embargo, para los ciudadanos resulta difícil no especular y comentar qué ha ocurrido durante todos estos años para que más de 1 millón de metros cuadrados de titularidad pública no aparezcan ni en el inventario del Ayuntamiento ni en el del Ejército, dado que hasta el momento no se ha encontrado ningún documento de venta de todo este gran patrimonio a particulares.

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